Llustin · Guías · Consentimiento en tatuaje
El consentimiento para tatuar: qué debe incluir y cómo actuar con menores
En un estudio de tatuaje o piercing, el consentimiento firmado es tu principal protección: demuestra que el cliente sabía qué se hacía, qué riesgos tenía y qué cuidados necesitaba. Y cuando el cliente es menor de edad, se convierte además en la diferencia entre trabajar tranquilo y meterte en un problema serio. Esta guía repasa qué debe incluir, cómo actuar con menores y cómo archivarlo para que aparezca años después.
Qué debe incluir el consentimiento
- Identificación del cliente (con DNI), del aplicador y del estudio.
- Descripción del trabajo: técnica, zona del cuerpo y, en su caso, diseño.
- Declaración de salud: alergias (látex, pigmentos, anestésicos), medicación, enfermedades relevantes (diabetes, coagulación, epilepsia…), embarazo o lactancia.
- Riesgos e efectos posibles: infección, reacciones alérgicas, cicatrización anómala, y los propios de la zona elegida.
- Contraindicaciones y motivos por los que el estudio puede negarse (estado de embriaguez o sustancias, lesiones en la zona…).
- Cuidados posteriores por escrito, y cuándo acudir al médico.
- Información de protección de datos (RGPD): la declaración de salud son datos de categoría especial y deben tratarse como tales.
- Fecha y firma del cliente y constancia de quién realizó el trabajo.
Menores de edad: la parte delicada
La referencia general en España es 18 años. A partir de ahí, cada comunidad autónoma regula el suyo: varias permiten tatuar o perforar a menores desde los 16 años con autorización escrita del padre, madre o tutor legal — normalmente acompañada de la fotocopia del DNI del menor y del autorizante — y otras son más restrictivas. Un menor emancipado puede firmar por sí mismo.
Si tu comunidad lo permite y decides trabajar con menores, protégete el doble:
- Autorización escrita y firmada del padre/madre/tutor, con DNI de ambos, archivada junto al consentimiento.
- En decisiones importantes es prudente contar con el criterio de ambos progenitores cuando la patria potestad es compartida — hay resoluciones judiciales que han ido en esa línea.
- Guárdalo todo junto y durante todo el plazo que fijes: si años después hay una reclamación, esa autorización es tu principal defensa.
Cuánto tiempo conservarlo
Los registros del estudio (esterilización, consentimientos) deben conservarse y estar accesibles ante una inspección — los plazos concretos los fija tu normativa autonómica. Para los consentimientos, la recomendación práctica es la misma que en el ámbito sanitario: conservarlos durante muchos años. El horizonte de una posible reclamación civil se mide en muchos años, y el coste de conservarlos digitalmente es cero.
Cómo lo resuelve Llustin
- Plantillas propias: tu texto de consentimiento, con los campos que tú definas (alergias, medicación, zona, autorización del tutor…).
- El cliente firma en tu tablet o desde su móvil, antes incluso de llegar al estudio.
- Cada firma queda archivada con sello de fecha, huella criptográfica y la versión exacta del texto firmado, en un registro que no se puede editar ni borrar.
- El cribado de salud compara las respuestas del cliente con un catálogo de contraindicaciones y te avisa antes de empezar.
- Y todo queda vinculado a la ficha del cliente y a su cita: localizable en segundos, durante años.
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